El periodismo nacional rechaza condena a periodistas Christopher Acosta, Jerónimo Pimentel y editorial Penguin Random House

Se ha abierto un nefasto e histórico precedente contra la libertad de expresión en el Perú

El Consejo de la Prensa Peruana y la Asociación Nacional de Periodistas del Perú rechazan la sentencia contra Christopher Acosta, Jerónimo Pimentel y la editorial Penguin Random House por supuestos daños al honor de César Acuña, que condena a los periodistas a dos años de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de S/.400,000. Se ha abierto un nefasto e histórico precedente contra la libertad de expresión en el Perú.

El juez Raúl Rodolfo Jesús Vega, del 30 Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, ha condenado a un periodista por reconstruir el perfil de un excandidato presidencial y líder de un partido político utilizando citas textuales de terceras personas, pero que bajo su criterio no habrían sido corroboradas por “fuentes confiables”. Así, bajo el razonamiento del juez Vega, un juzgado puede, sin mayor motivación, determinar qué fuentes son válidas y cuáles no, un criterio que no solo es arbitrario sino que también atenta contra el quehacer periodístico y el legítimo derecho de la ciudadanía de recibir información de interés público.

La sentencia ignora, además, que en 2004, a raíz de un caso muy similar ocurrido en Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al país anular una sentencia condenatoria contra el periodista Mauricio Herrera Ulloa por haberle requerido que probara la veracidad de declaraciones de terceros, lo que provocaba una limitación excesiva a la libertad de expresión. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha manifestado, en ese sentido: “La publicidad de información proveída por terceros no debería verse restringida por la amenaza de responsabilizar al informador simplemente por reproducir lo manifestado por otro. Indudablemente esto implicaría una restricción innecesaria que limita considerablemente el derecho de todas las personas a estar informado”. Similar jurisprudencia sobre el ‘reporte fiel’ existe además en el Reino Unido desde 1776, y también en España, Argentina y otros países.

El Consejo de la Prensa Peruana y la Asociación Nacional de Periodistas pedirán a la brevedad una visita del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH para que se investigue lo sucedido en esta sentencia. Asimismo, esperan que en la siguiente instancia tras la apelación se garantice, realmente, la libertad de expresión.